¿Cuáles son los requisitos de la responsabilidad civil del abogado?
Para que se genere la responsabilidad civil del abogado es preciso que, en el marco de la relación abogado-cliente, el abogado incumpla las obligaciones contratadas o las que son consecuencia necesaria de su actividad profesional. De la Sentencia del Tribunal Supremo (STS) nº 374/2013, de 5 de junio, podemos extraer cuáles son los requisitos para que se dé dicha responsabilidad:
1. Una acción u omisión culposa o negligente en el cumplimiento de los deberes profesionales.
Si se cumplen estos requisitos, surge el deber de indemnizar por responsabilidad civil contractual derivada de negligencia profesional (que también es aplicable a graduados sociales, economistas, fiscalistas, etc.).
Deberes profesionales del abogado
La STS nº 633/2005, de 14 de julio, ha indicado a título de ejemplo algunos aspectos que debe comprender el ejercicio de la actividad profesional del abogado:
- Informar de la gravedad de la situación.
- Informar de la conveniencia o no de acudir a los tribunales.
- Informar de los costos del proceso y de las posibilidades de éxito o fracaso.
- Cumplir con los deberes deontológicos de lealtad y honestidad en el desempeño del encargo.
- Observar las leyes procesales.
- Y aplicar al problema los indispensables conocimientos jurídicos.
En este sentido, es importante destacar que la obligación esencial del abogado en esta prestación de servicios es la de llevar la dirección técnica de un proceso; por tanto, es una obligación de actividad o de medios, no de resultado. No se trata de que el abogado haya de garantizar un resultado favorable a las pretensiones de la persona cuya defensa ha asumido, pero sí le es exigible que ponga para ello la máxima diligencia y todos los conocimientos, ateniéndose a las exigencias técnicas adecuadas que requieren el asunto encomendado.
¿Quién tiene que probar el incumplimiento de estos deberes?
La jurisprudencia ha establecido que, tratándose de una responsabilidad subjetiva de carácter contractual, la carga de la prueba de la falta de diligencia en la prestación profesional, del nexo de causalidad con el daño producido, y de la existencia y del alcance de este corresponde a la parte que demanda la indemnización por incumplimiento contractual (SSTS nº 633/2005, de 14 de julio, y nº 729/2007, de 21 de junio).
¿Cómo se valora la indemnización por daños y perjuicios?
La STS nº 543/2003, de 29 de mayo, trata sobre la valoración de la indemnización derivada de la responsabilidad civil del abogado y plantea tres opciones:
1. Realizar un juicio de prosperabilidad (probabilidad de éxito) del asunto en el que se ha cometido la negligencia e indemnizar por un importe equivalente al interés que se hallaba en juego, o bien reducirla prudencialmente en función de la mayor o menor dosis de probabilidad de éxito.
2. Fijar una indemnización basada en la pérdida de oportunidad procesal, es decir, en una muy subjetiva apreciación de lo que para el cliente ha supuesto verse privado de la posibilidad de éxito en un juicio no entablado o en un recurso no promovido.
3. Determinar una indemnización por daño moral.
Para daños patrimoniales se aplica la primera opción y cuando el daño no tiene contenido económico, la segunda o tercera. En cualquier caso, el Juez es el que debe estimar discrecionalmente la indemnización correspondiente.
¿Cómo puedo reclamar una negligencia profesional de un abogado?
La reclamación se puede dirigir contra el abogado o contra la aseguradora con la que el abogado tenga contratado el seguro de responsabilidad civil, que es obligatorio. Suele ser más eficaz formularla contra la compañía aseguradora.
¿Cuál es el plazo para reclamar una negligencia profesional?
Al tratarse de una responsabilidad civil contractual, el plazo es de 5 años a contar desde que se produjo la negligencia en cuestión.
Pasos a seguir:
1. Buscar un abogado especializado en estos asuntos es fundamental para que, en base a sus conocimientos y experiencias, te oriente sobre la mejor forma de actuar.
2. Recopilar pruebas; presupuesto, hoja de encargo, correos electrónicos, conversaciones por WhatsApp, expediente inicial, testigos, etc.
3. Reclamar extrajudicialmente y de un modo fehaciente, que permita dejar constancia de la reclamación, puesto que nos servirá como prueba su fuera necesario iniciar un procedimiento judicial.
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