Con motivo del cierre de iDental, vamos a dedicar este post a las negligencias de los odontólogos y clínicas dentales.
¿Cuáles son los requisitos para reclamar por una negligencia dental?
Para reclamar son necesarios los siguientes requisitos:
1. Acreditar la relación contractual entre paciente y dentista; es decir, que existe un contrato, ya sea verbal o escrito.
2. Demostrar que se ha infringido la lex artis; o sea, el conjunto de normas o prácticas odontológicas generalmente aceptadas, por la comunidad científica, como las adecuadas para tratar a los pacientes en un determinado momento.
3. Probar los daños ocasionados como consecuencia de la mala praxis efectuada.
¿Cuáles son las negligencias dentales más comunes?
- No realización de anamnesis para detectar posibles enfermedades o alergias.
- Estudio incompleto.
- Error de diagnóstico.
- Información defectuosa. Esta es la más común de todas, pocos odontólogos informan correctamente y en plazo a sus pacientes.
- Incorrecta planificación del tratamiento. Ejemplo: Realizar un tratamiento de implantes sin tener en cuenta que antes había que haber hecho injerto óseo o un tratamiento de prótesis sin el número adecuado de implantes de apoyo.
- Contraindicación del tratamiento. Ejemplo: Obturar una pieza cuando la infección de la caries ha llegado a la raíz, efectuar un tratamiento de ortodoncia con actividad periodontal activa o un tratamiento de implantes sin hueso suficiente.
- Impericia o incorrecta ejecución de tratamiento, bien por la inexperiencia del dentista o por usar técnicas inapropiadas. Es muy frecuente en los tratamientos de implantes, prótesis dentales, de ortodoncia, de endodoncias, de extracciones dentales, etc.
- Falta de seguimiento. No llevar un seguimiento apropiado del tratamiento y del paciente puede conllevar al fracaso del propio tratamiento o a la aparición de complicaciones. Ejemplo: Pérdida considerable de masa ósea en la expansión de la ortodoncia.
- Defectuosa historia clínica o por manipulación de la misma.
¿Cuál es el plazo para reclamar?
Hay que distinguir según se trate de una clínica u odontólogo privado (relación contractual) o público (relación extracontractual):
- Privado: 5 años.
OJO: Si el daño se produjo antes del 7 de octubre de 2015, tienes hasta el 7 de octubre de 2020 para reclamar; conforme al plazo fijado por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- Público: 1 año.
En ambos casos, el plazo empieza a contar desde que se tenga conocimiento del alcance del daño o estabilización de las secuelas.
¿Cómo actuar ante una negligencia dental?
1. Buscar un abogado especializado en estos asuntos es fundamental para que te asesore antes de dar cualquier paso.
2. Recopilar toda la documentación; presupuestos, contratos, facturas, recibos, folletos publicitarios, etc.
3. Tomar fotos de los daños ocasionados.
4. Acudir a Urgencias y conservar el informe que te entreguen.
5. Ir a otro odontólogo que te indique qué tratamiento es el adecuado y te de presupuesto.
6. Solicitar los partes de baja temporal o permanente.
7. Reunir informes de otros médicos (médico de cabecera, psiquiatras...).
8. Guardar facturas y recibos de gastos soportados a causa de la negligencia dental.
9. Solicitar el Historial clínico completo. Si no te lo entregan, es posible denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por vulneración de la normativa de protección de datos personales.
10. Reclamar al odontólogo o a la clínica de un modo fehaciente que permita dejar constancia de la reclamación, ya que nos servirá como prueba de cara a un futuro procedimiento judicial.
¿Qué puedes reclamar si eres un paciente de iDental?
- Si tu tratamiento no se ha iniciado, es posible exigir tanto la ejecución de los servicios previamente contratados como la devolución de la cantidad abonada.
- Si tu tratamiento se ha interrumpido, es viable reclamar la finalización del tratamiento ya iniciado o la devolución del importe satisfecho en la parte no ejecutada.
- Si tu tratamiento ha terminado y estás descontento con el resultado, es factible solicitar una indemnización por daños y perjuicios.
¿Qué pasa si iDental no contesta a tu reclamación o no lo hace conforme a lo interesado?
- Puedes formular una demanda por incumplimiento contractual y/o indemnización de daños y perjuicios, que dará lugar a un procedimiento civil.
- Puedes interponer una denuncia por estafa, que dará lugar a un procedimiento penal.
OJO: La reclamación ante Consumo iniciará un procedimiento sancionador en vía administrativa, que concluirá con una multa a iDental si ha incumplido la normativa, pero no vas a obtener ningún resarcimiento económico.
Tienes un préstamo vinculado a un tratamiento que se ha interrumpido o no se ha iniciado ¿Debes seguir pagando las cuotas a la entidad financiera?
El art. 26.2 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo (LCCC) establece que “la ineficacia del contrato de consumo determinará también la ineficacia del contrato de crédito destinado a su financiación”. Esto supone que la entidad financiera debe anular el contrato de préstamo y no seguir cobrando cantidad alguna.
Además, a tenor de lo dispuesto en el art. 29.1 LCCC por crédito vinculado se entiende “aquel en el que el crédito contratado sirve exclusivamente para financiar un contrato relativo al suministro de bienes específicos o a la prestación de servicios específicos y ambos contratos constituyen una unidad comercial desde un punto de vista objetivo”, por lo que la interrupción de uno supone la resolución del otro.
Por tanto, una vez presentada la reclamación, siempre que se haya formulado correctamente ante la entidad financiera, puedes dejar de pagar el préstamo.
¿Y si la entidad financiera no te responde o no lo hace de forma satisfactoria?
En tal caso, puedes presentar una reclamación ante el Banco de España (Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones) o acudir a la vía judicial.
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